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Términos y Condiciones
Internet:
El servicio de internet fijo tendrá una rebaja del 50% del total del consumo mensual del plan comercial residencial. Se considera planes básicos, aquellos planes comerciales residenciales de hasta un valor del 12% del SBU. Para los planes mayor a este valor, la exoneración del 50% aplica únicamente al valor descrito como plan básico y el excedente se cobrará sin descuentos.
Telefonía móvil:
De acuerdo a la ley del Adulto Mayor Art. 18.- Exoneraciones, aplica lo siguiente:
Pospago
El servicio de telefonía celular e internet tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del valor del consumo del plan básico individual o personal. Se consideran planes básicos, aquellos planes individuales o personales de hasta un valor mensual del diez por ciento (10%) del Salario Básico Unificado al mes. Para planes mayores a este valor, la exoneración del cincuenta por ciento (50%) aplica únicamente al valor descrito como plan básico, y el excedente del plan se cobrará sin descuentos.
Prepago
Para el caso del servicio prepago, la exoneración será del 50% en las tarifas, de voz, datos, SMS y aplica únicamente para una sola línea que registre el adulto mayor en un solo prestador de servicios.
Condiciones Generales de telefonía móvil
El cliente podrá acercarse bajo demanda a adquirir el descuento por tercera edad.
El descuento otorgado solo se aplicará a un servicio por cliente.
El beneficio de adulto mayor aplica a clientes únicamente con tipo de identificación cédula.
Notificación mediante oficio: NT-CNT-2021-042
Telefonía Fija:
La exoneración del 50% de la tarifa básica de telefonía fija, aplica únicamente a la línea telefónica instalada en el domicilio del usuario mayor de 65 años, de acuerdo al Art. 13 Ley Orgánica De Las Personas Adultas Mayores. Aplica en planes residenciales de telefonía fija notificados con No. Oficio NT-CNT-2020-011, GNRI-GREG-02-191-2015, GNRI-GREG-04-0393- 2017, NT-CNT-2022-038, GNRI-GREG-04-0932-2016.
Los demás números telefónicos que consten a nombre del beneficiario (cónyuge y/o conviviente) pagarán la tarifa normal, así como el exceso en el consumo de los límites que tenga el plan contratado.
Ofertas en cumplimiento según los dispuesto por: